CUANDO TOCAN EL BOLSILLO, DUELE
La Superintendencia de Industria y Comercio – SIC, como autoridad nacional de Protección de la Competencia, sigue implementado la aplicación adecuada de Ley 1340 del 24 de julio de 2009 (en materia de protección de la competencia) y su Decreto Reglamentario 2896 del 2010, e informa que los resultados ya se están produciendo.
La Ley 1340 aumentó notablemente la capacidad sancionatoria del Estado, permitiendo fijar sanciones a los infractores de las normas sobre libre competencia de hasta 100.000 SMMLV o de hasta un 150% de la utilidad obtenida por el infractor; y va más allá pues la penalidad se extiende hasta aquellas personas naturales que ejecuten, colaboren o toleren conductas anticompetitivas, con sanciones de hasta 2.000 SMMLV.
De igual forma le brinda una herramienta especial dentro del ejercicio de sus funciones como es el programa de BENEFICIOS POR COLABORACIÓN, desarrollado en el Decreto 2896, por medio del cual la faculta para conceder exoneración total o parcial de la multa aplicable a las personas naturales o jurídicas que hubieren participado en una conducta que viole las normas de protección a la competencia, en el caso de que informen a la autoridad acerca de la existencia de dicha conducta y/o colaboren con la entrega de información y pruebas, incluida la identificación de los demás partícipes, aún cuando la autoridad de competencia ya se encuentre adelantando la correspondiente actuación.
Según lo refiere el actual Superintendente de Industria y Comercio, este programa permite un “gana-gana” para el Estado y para la persona delatora. La autoridad gana porque se entera de una conducta delictiva que afecta gravemente al mercado, además de contar con una importante prueba para actuar, y a su vez el delator obtiene una exoneración, sea total o parcial, o evita la imposición de una elevada sanción por parte de la SIC.
Para hacer cada vez más efectiva la aplicación del programa de beneficios por colaboración, la SIC ha invertido en la conformación de mejores equipos humanos de investigación y en sistemas especializados de última tecnología que permiten la detección, recolección y manejo de pruebas electrónicas.
“… la mayor capacidad investigativa de la SIC y su nueva capacidad sancionatoria han reconfigurado todo el sistema de incentivos para la comisión de conductas anticompetitivas en Colombia”, concluye el Superintendente del sector. Y los resultados ya se están produciendo.-